15 Marzo 2020

Stop COVID-19: Medidas Económicas durante estado de alarma

Desde Democracia y Libertad Popular DLP consideramos que la amenaza del COVID-19 a la Salud Pública en España se ha afrontado tarde y mal.

En España el 13 de febrero se diagnosticaron los 3 primeros casos de infectados por COVID-19, tras la epidemia declarada en China el 31 de diciembre.

Debido a la rapidez de contagio del COVID-19, el 24 de febrero la OMS avisa al mundo de que se prepare para una eventual Pandemia del Coronavirus.

El 8 de marzo en España hay 674 casos y 17 muertos. Pero se permite celebrar en toda España las multitudinarias manifestaciones del 8M. Asisten entre otros políticos Irene Montero (pareja del Vicepresidente Segundo del Gobierno Pablo Iglesias, Unidas Podemos) y Begoña Gómez (mujer del Presidente del Gobierno Pedro Sánchez, PSOE). Hoy ambas con COVID-19.
Vox celebra un acto en Vista Alegre (Madrid) también el 8M al que asisten miles de personas. En esta semana Javier Ortega Smith (estuvo en Milán y Vitoria pocos días antes), Santiago Abascal y otros dirigentes de ese partido, están infectados de COVID-19.

El 13 de marzo España tiene más de 6.000 infectados y 100 muertos por COVID-19.

El 14 de marzo el Presidente del Gobierno de España decreta el estado de alarma, pero las medidas económicas no se publicarán hasta el martes.
A este Consejo de Ministros asiste el Vicepresidente Segundo Pablo Iglesias, que está en cuarentena porque su pareja Irene Montero tiene coronavirus. Por la irresponsabilidad de Pablo Iglesias pedimos su dimisión ya que ha demostrado ser no apto para gobernar.

Respecto a las medidas económicas a aplicar durante el estado de alarma para garantizar la liquidez de trabajadores y empresas durante la fase de pico de contagio del COVID-19, desde Democracia y Libertad Popular pedimos que se contemplen al menos las siguientes medidas económicas:

– Suspender el pago de las cuotas hipotecarias, como ha hecho Italia.
– Relativo a la persona trabajadora, hay que dar acceso a la protección por desempleo sin exigir período de carencia y sin perjuicio del reconocimiento de futuras prestaciones por desempleo.
– Relativo a los autónomos, suspensión de las cotizaciones sociales, el abono de las bajas desde el primer día y la articulación de una prestación por cese a cargo de un fondo extraordinario.
– Relativo a la empresa, hay que suspender la obligación de pago de las cotizaciones.
– Aplazamientos y fraccionamientos de pagos tributarios sin intereses para las empresas, autónomos y trabajadores afectados por el coronavirus.
– Provisión de avales públicos.

Juntos pondremos freno al COVID-19:   #StopCOVID19.